sábado, 14 de diciembre de 2013

TEMA 11: OBJETOS DE APRENDIZAJE Y LICENCIA EN INTERNET



  1.    ¿Qué son los objetos de aprendizaje?
Cualquier entidad digital o no digital que pueden ser usada, reutilizada o referenciada durante el aprendizaje apoyado por la tecnología. Como ejemplos de objetos destacamos:
     -       Contenido multimedia
     -       Contenido instructivo
     -       Objetos de aprendizaje
     -       Software educativo y herramientas de software
   -  Personas, organizaciones o eventos referenciados durante el aprendizaje apoyado tecnológicamente

Por otro lado, los objetos de aprendizaje están regidos por metadatos que son datos y reglas sobre datos, en nuestro caso nos proporcionan datos sobre los recursos de aprendizaje y su utilización.


  2.    ¿Dónde encontrar objetos de aprendizaje?

Proyecto Agrega. Esta iniciativa elaborada por el ministro de Educación prefece gran cantidad de recursos. Dispone de un buscador avanzado con el que es posible localizar los materiales deseados según el nivel educativo, nivel de agregación o formato y en general, por cualquier característica destacada en los metadatos. Cuando se encuentra algo adaptado a nuestras necesidades se tendrá en cuenta la plataforma de e-learning y nuestro LMS. El resultado es un archivo en formato ZIP. www.agrega.educación.es 

Proyecto LearningSpace. En esta biblioteca podemos encontrar cientos de recursos educativos en forma de cursos on line, que pueden ser descargados en formato SCOR, o common cartridge. Eligiendo cualquiera de estos formatos se obtendrá el objeto de aprendizaje en formato ZIP.


Derechos de Autor

Copyright 

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas que la ley concede a los autores respecto de las obras que son fruto de su creación. En el mundo anglosajón es denominado copyright y se representa mediante el símbolo:

                                                 



La utilización de obras sin autor puede suponer la infracción de los derechos de propiedad intelectual. Ante una infracción, el titular puede ejercitar las acciones penales y/o civiles previstas en la ley, que en los supuestos más graves se castiga con penas de prisión y/o multa.


Copyleft

Elimina las restricciones de distribución o modificación impuestas por el copyright. La única condición es que el trabajo derivado tiene que mantener el mismo régimen de derechos de autor que el original. Esta condición se llama "efecto vírico".




                                                
Dominio Público

Una obra pasa al dominio público cuando expiran los derechos patrimoniales. Esto puede suceder porque el autor renuncia de forma directa a los derechos patrimoniales o más habitualmente cuando transcurre un plazo determinado tras la muerte del autor. El plazo mínimo a nivel mundial es de cincuenta años, aunque muchos países lo han extendido ampliamente.




Significa que puede ser utilizada y modificada libremente, siempre que se respeten los derechos morales del autor, los cuales le pertenecerán para siempre.

Por ejemplo, en el derecho europeo son setenta años desde el fallecimiento del autor.



Creative Commons

Es una organización no gubernamental sin ánimo de lucro cuyo objetivo es ayudar a reducir las barreras legales de la creatividad por medio de nueva legislación y nuevas tecnologías. Con este fin han desarrollado una serie de licencias, llamadas también Creative Commons, que permiten a los autores ceder algunos derechos sobre su obra.





  3.    Licencias en Internet  

     -       Reconocimiento  (by) se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ningún restricción.

    -       Reconocimeinto (NoComercial) (by –nc) se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.

     -       Reconocimiento NoComercial CompartirIgual (by ncsa) no se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.





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